No prescribirán delitos sexuales contra menores

Reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal

Por unanimidad de 425 votos, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para que los delitos sexuales contra menores de 18 años sean imprescriptibles.

Las modificaciones a los artículos 107 Bis, 205 Bis, 261, 266 y 266 del Código Penal Federal se enviaron al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

En la sesión del martes, el pleno de San Lázaro aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, con el objetivo de que los delitos sexuales cometidos contra personas menores de 18 años sean imprescriptibles.

Con las reformas, se establece que la prescripción de un delito cometido en contra de una víctima persona menor de 18 años comienza a correr a partir de que ésta cumpla la mayoría de edad, con excepción de los delitos previstos en los artículos 200, 201, 202, 203, 203 Bis, 204 y 209 Bis, serán imprescriptibles.

Estos delitos son los relativos a los pornografía infantil, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia.

Asimismo tampoco prescribirán abuso sexual y contratación de menores de edad en lugares que afectan su desarrollo como bares y cantinas.

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